IVA por compra de vivienda nueva: ¿cuánto hay que pagar?

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El IVA por compra de vivienda nueva se sitúa actualmente en el 10%, aunque hay excepciones, como las viviendas de protección oficial (4%).

El IVA por compra de vivienda nueva es uno de los gastos iniciales que tendrás que asumir si quieres convertirte en propietario. Por eso, es importante que tengas en cuenta cuánto deberás pagar, qué excepciones existen al respecto y qué otros impuestos se suman a este tributo.

¿Cuánto se paga de IVA por la vivienda nueva?

A día de hoy, la vivienda nueva tiene un IVA reducido del 10% del precio de venta de la casa que quieras comprar. Por ejemplo, si quieres comprar un piso de 200.000 euros, el IVA que te tocará pagar será de 20.000 euros.

¿Qué es una vivienda nueva?

A ojos de Hacienda, una vivienda nueva es aquella que se compra al promotor cuando la construcción o rehabilitación esté terminada: es decir, una vez se expide el certificado de fin de obra por parte del arquitecto o aparejador que se encargó de su dirección.

¿Qué excepciones hay en el IVA de la vivienda nueva?

La única excepción al IVA de vivienda nueva es el que se aplica a los inmuebles de protección oficial o de promoción pública, en los que se paga un 4%.

En los anexos de una vivienda (por ejemplo, trasteros o garajes) también se cobra un IVA del 10%, salvo que se trate de vivienda pública (4%). Eso sí, ten en cuenta que, si el garaje supera las dos plazas, te tocará pagar el tipo general de IVA: es decir, el 21%.

¿Cómo se paga el IVA de una vivienda nueva?

El IVA de una vivienda nueva se paga en el momento de comprar una casa y tendrá que incluirse en su precio. Ahora bien, en encargado de abonarlo a Hacienda no será el comprador, sino el vendedor, que será quien tenga que abonárselo a la Agencia Tributaria.

¿Qué otros impuestos gravan la compra de vivienda nueva?

Además del IVA, la compra de una vivienda nueva está sujeta al pago del impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD). Este impuesto varía en función de la comunidad autónoma (oscila entre el 0,10% y el 1,5%), pero también puede ser distinto en función del tipo de inmueble que vayas a comprar (por ejemplo, si se trata de vivienda de protección oficial) o del perfil del comprador (por ejemplo, bonificaciones por familia numerosa).

El IAJD por comunidades autónomas

CCAAAJD vivienda habitual
Andalucía1%
Aragón1,50%
Asturias1,20%
Baleares1,20%
Canarias0,40%
Cantabria1,50%
Castilla y León1,50%
Castilla-la Mancha0,75%
Cataluña1,50%
C. Valenciana0,10%
Extremadura0,75%
Galicia1%
C. Madrid0,4-0,75%
Murcia1,50%
C.F. Navarra0,50%
País Vasco0,50%
La Rioja1%

Fuente: OCU, 2024

Además, al contrario de lo que ocurre con el IVA, este tributo se calcula, normalmente, utilizando el “valor de referencia” que le otorgue catastro a la casa que quieras comprar. Ahora bien, con dos salvedades:

  • Si el precio de compra es mayor a este “valor”, se aplicará sobre la cifra de la compraventa.
  • Si el catastro aún no tiene un valor de referencia emitido, se usará el valor mayor entre el precio de venta y el valor de tasación.

¿Se paga IVA en una vivienda de segunda mano?

No, en la vivienda de segunda mano no se paga el IVA, sino el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Este tributo es distinto en función de la comunidad autónoma (aunque oscila ente el 4% y el 11%) y puede variar en función del tipo de vivienda y el perfil del comprador.

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