Aval bancario: qué es y cómo conseguirlo
- Un aval bancario es un contrato por el que una persona física o jurídica (el avalista) garantiza que otra (el avalado) va a cumplir con el pago de una deuda (un préstamo o una hipoteca, por ejemplo).
- En caso de que el avalado no pague, el avalista tendrá que asumir esa obligación.
- Desde 2023, existen avales del ICO para hipotecas con las que se puede llegar a conseguir un préstamo al 100%.
¿Qué es un aval bancario?
Un aval bancario no es más que un contrato por el cual un avalista (que puede ser una persona o una empresa) garantiza que su avalado (otra persona o empresa) va a cumplir con sus obligaciones de pago. Eso sí, en caso de que eso no ocurra, será el avalista el que tendrá que asumir el pago de la duda.
Los avales bancarios pueden ser solicitados por los bancos, las administraciones públicas o, incluso, por otro particular que te fuera a presta dinero. Y a la hora de firmar el contrato que establezca este aval es importante que consten cuestiones como:
- Quiénes son en avalista, el avalado y el beneficiario del aval (en muchos casos, el banco).
- Qué obligación va a quedar garantizada.
- Cuál es el plazo del aval bancario y qué garantías se le pueden exigir al avalista.
- Qué debe suceder para que el beneficiario del aval pueda hacer uso de esta garantía.
- Qué condiciones se deben dar para su cancelación (si no tiene una fecha concreta de finalización).
- Si existen comisiones o gastos asociados al contrato.
¿Qué tipos de avales bancarios existen?
Dependiendo de su duración o lo que pueda reclamar el beneficiario o de las obligaciones que se estén garantizando, los avales bancarios pueden ser de diferentes tipos.
Tipos de avales bancarios según su duración:
- Avales de plazo determinado: tienen un duración específica que debe indicarse en el contrato.
- Avales de duración indefinida: no tienen una duración determinada, pero suelen extinguirse cuando finaliza la obligación (por ejemplo, al finalizar el plazo de devolución de un préstamo personal o de una hipoteca).
Tipos de avales bancarios según lo que pueda reclamar el beneficiario:
- Simples: en estos avales bancarios, la entidad deberá reclamar, en primer lugar, al avalado, es decir, al cliente. Si este no cumple con el pago, ya podrá reclamárselo al avalista.
- Solidarios: el banco puede reclamar el pago de la deuda tanto al cliente (el avalado) como a su avalista.
Los avales pueden ser de distintos tipos según la obligación que se esté garantizando. Por ejemplo, existen «avales técnicos», en los que no solo se garantiza que el avalado devuelva una determinada cantidad de dinero, sino que también se respalda el cumplimiento de otros requisitos.
Los avales bancarios entrarían dentro de la categorías de «avales económicos», que son aquellos en los que se garantiza que, en un determinado momento, se tendrá que entregar una determinada cantidad de dinero al beneficiario (la entidad). Dentro de estos, los avales bancarios son considerados «avales económicos- financieros», que son aquellos en los que la cantidad que hay que devolver ha sido prestada previamente al avalado en forma de préstamo, ya sea un préstamo personal o una hipoteca.
¿Qué es un aval hipotecario?
Un aval hipotecario es un tipo de aval bancario con el que se garantiza que, en caso de que tú no puedas pagar la cuota de tu hipoteca, alguien (el avalista) responderá por ti.
Ahora bien, para entender mejor qué es un aval hipotecario también debes tener en cuenta una cuestión importante. Cuando decimos que un aval hipotecario es una “garantía adicional” lo hacemos porque tu propia hipoteca ya tiene una garantía desde el momento en que la contratas: la vivienda que estás comprando. Ahora bien, si tu no pudieras pagar tu deuda y tu banco tuviera que embargarte tu vivienda y subastarla, nadie le garantiza que con el dinero que consiguiera podría saldar ese agujero en sus cuentas. Por tanto, contar con un aval, que respondería por lo que no pudiera cubrir con el valor de tu casa, le ofrece más tranquilidad a la hora de dar una hipoteca.
¿Es lo mismo un avalista que un hipotecante no deudor?
Aunque se suele hablar de aval hipotecario, realmente una de las fórmulas más usadas en España para aportar estas garantías adicionales no es la de avalista (que es más frecuente en los préstamos personales) sino la de “hipotecante no deudor”. Con esta figura, si tú dejaras de pagar las cuotas de tu hipoteca y tu vivienda no fuera suficiente para saldar tu deuda, tu “hipotecante no deudor” no respondería ante tu banco pagando lo restante, sino que lo haría con su propia vivienda. Este tipo de operaciones fueron muy frecuentes durante la época de la burbuja inmobiliaria y, con su estallido, muchas familias sufrieron esta doble pérdida de sus viviendas cuando muchos hipotecados no pudieron afrontar sus cuotas.
¿Qué diferencia hay entre una hipoteca con aval y la doble garantía hipotecaria?
Solicitar una hipoteca con aval de otra vivienda y recurrir a la doble garantía hipotecaria son dos alternativas que te ayudarán a acceder a financiación si, por ejemplo, no dispones de ahorros suficientes para cubrir el 20% de gastos de una vivienda que no te dejará tu banco. Sin embargo, con la primera, el avalista respondería por toda la deuda que tuviera que reclamarle el banco, mientras que con la doble garantía, existen límites.
Veamos un caso práctico: imagina que quieres comprar una casa que tiene un valor de tasación de 100.000 euros. En ese caso, tu banco normalmente te dejaría un máximo de 80.000 euros (el 80% del valor), por lo que tú tendrías que tener ahorrado el 20% restante, más un 10% para abonar impuestos y otros gastos. Si no lo tuvieras, podrías recurrir a una hipoteca con aval o a una doble garantía. En función de la que eligieras, si llegado un día, dejaras de pagar tus cuotas, tu entidad te embargara tu vivienda y la subastara y no pudiera cubrir tu deuda (imagina que queda un agujero de 40.000 euros), el final de la historia sería bien distinto:
- En este caso, el avalista tendría que responder por esos 40.000 euros que reclama el banco.
- En el caso de la doble garantía, solo se respondería por la cifra que fue cubierta por ella, es decir, el 20% que no te prestó en banco (20.000 euros).
Preguntas frecuentes sobre avales hipotecarios
¿Qué pasos hay que seguir para pedir una hipoteca con aval?
Los pasos a seguir para pedir una hipoteca con aval no son muy diferentes a los que hay que dar con las hipotecas tradicionales: tendrás que encontrar una oferta que te interese (prestando especial atención a cuestiones como si te conviene más una hipoteca fija o variable), entregar la documentación pertinente, esperar a que el banco dé luz verde a tu solicitud y finalmente formalizar la hipoteca (pasando por la notaría y firmando las escrituras de la hipoteca y de la compraventa).
La única diferencia sustancial será que, si vas a contar con otra persona como aval hipotecario, esta tendrá que firmar ante el banco comprometiéndose a responder por ti, y que, si el aval va a ser otra de tus propiedades, tendrás que tasarla y aportar la documentación adicional al banco para que este compruebe si su valor es suficiente como para servir de garantía.
¿Quién puede avalar una hipoteca?
Aunque, en principio, cualquier adulto puede avalar una hipoteca, si queres pedir una hipoteca con aval lo más habitual será que la entidad emisora no se conforme con cualquiera: exigirá que esa persona (o personas) tengan ingresos elevados y estables, pocas deudas (o ninguna) y una o varias propiedades para asegurarse de que tienen capacidad para responder por ti.
La razón es sencilla: del mismo modo que el banco analiza la solvencia de todos los potenciales hipotecados que piden una hipoteca tradicional para asegurarse de que van a ser capaces de devolver su deuda, han de comprobar que el avalista podrá hacerse cargo de la deuda de su avalado si este incurre en impagos.
¿Cuáles son los riesgos de una hipoteca con aval?
Los principales riesgos de una hipoteca con aval residen en la posibilidad de que quien figura como respaldo adicional ante el banco acabe perdiendo gran parte de lo que tiene (por ejemplo su casa) o que tú mismo acabes perdiendo una vivienda, si la usaste como garantía frente a tu entidad. Obviamente, esto solo ocurriría si quien pidió la hipoteca deja de pagar sus cuotas, por lo que es esencial que si decides actuar como respaldo en una hipoteca con aval de otra persona, analices muy bien si podrá hacer frente al pago de su deuda en el futuro.
Para que entiendas mejor las consecuencias de avalar a otra persona, te explicamos lo que podría llegar a suceder con un ejemplo. Imagina que un joven que acaba de empezar a trabajar y carece de ahorros pide a sus padres que le avalen para poder conseguir una hipoteca al 100%. Como estos son ya algo mayores, utilizan su propia vivienda en propiedad como garantía ante el banco. Un par de años después, el joven pierde su empleo y no puede seguir pagando las cuotas de la hipoteca. ¿Qué sucedería entonces?
- En primer lugar, cabe destacar que los avalistas (en este caso, los padres) no van a responder teniendo que pagar las cuotas que no pague el hipotecado, sino que pagarán con su propia vivienda. Esto se debe a que la relación que han establecido con el banco es de hipotecantes no deudores, es decir, ofrecieron su casa en garantía al banco para que éste formalizara un préstamo con un tercero (su hijo). La particularidad de la figura del hipotecante deudor respecto a la del avalista es que no responde con todo su patrimonio en caso de impagos, sino solo con el bien que estableció como garantía.
- Ahora bien, los padres no perderían inmediatamente su vivienda. Primero, el banco embargaría y sacaría a subasta la casa hipotecada (es decir, la del hijo), y, solo en caso de que el importe obtenido no fuera suficiente para pagar la deuda, se procedería al embargo de la del avalista (los padres).
Además, la nueva ley hipotecaria determina que para que el banco pueda activar la cláusula de vencimiento anticipado (que es la que le permitiría empezar con los trámites para embargar la vivienda hipotecada) tienen que cumplirse tres requisitos:
- El cliente ha tenido que dejar de pagar la hipoteca.
- La cantidad que ha dejado de pagar ha de ascender al 3% del capital que le prestó el banco (o 12 cuotas, si ha dejado de pagar durante la primera mitad de la duración de la hipoteca) o al 7% de este capital (o 15 cuotas, siempre que se haya dejado de pagar durante la segunda mitad del plazo de amortización pactado).
- El banco ha tenido que pedir al cliente que pague su deuda, concederle un mes para hacerlo e informarle de que a vencimiento de ese mes se activaría la cláusula de vencimiento anticipado.
¿Qué es la cláusula de liberación y por qué puede ser útil en una hipoteca con aval?
Una cláusula de liberación en el contrato es, como su nombre indica, un apartado de un contrato en el que se indica en qué casos puedes liberarte del mismo. En el caso de las hipotecas con aval, un avalista (o hipotecante no deudor) puede, por ejemplo, especificar que solo responde de una parte de la deuda de la persona a la que está avalando.
Volviendo al supuesto que te poníamos antes, los padres que avalaron a su hijo para que consiguiera una hipoteca al 100% podrían haber negociado con el banco que solo responden con su vivienda por el primer 20% del valor de la hipoteca (que salvaría la distancia entre el 80% que se concede normalmente la entidad y la cantidad pedida al banco por su hijo). Una vez que este hubiera saldado la parte de la deuda que estaba respaldada por la vivienda de los avalistas, estos ya no tendrían que responder ante un impago.
Si quieres saber cómo funciona y cómo solicitarlo, consulta nuestro artículo sobre el aval del ICO para hipotecas.